Boletín de convocatoria: 11B-317
Diario de sesiones: 11J028
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2. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL

2.19 PREGUNTAS URGENTES

2.19.01 TEXTO PRESENTADO

ANTE LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL, AGROGANADERÍA Y PESCA

Pregunta urgente con respuesta oral ante Comisión de la Diputada del Grupo Parlamentario Podemos Asturies doña Nuria Rodríguez López al Consejero de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca sobre qué opinión tiene su Consejería al respecto de alguna iniciativa del sector pesquero que propone unificar la gestión de dicho sector en núcleos poblacionales concretos (11/0252/0355/06294)

(Calificada, admitida y apreciada la urgencia por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020.)

Nuria Rodríguez López, Diputada del Grupo Parlamentario Podemos Asturies, al amparo de lo previsto en los artículos 210 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al Consejero de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca la siguiente pregunta con carácter urgente, para su respuesta oral ante Comisión.

PREGUNTA

¿Qué opinión tiene su Consejería al respecto de alguna iniciativa del sector pesquero que propone unificar la gestión de dicho sector en núcleos poblacionales concretos?

JUSTIFICACIÓN DE LA URGENCIA

El sector pesquero supone un importante ámbito productivo para Asturies, y está sufriendo un notable desgaste desde el inicio de la crisis sanitaria, por lo que urge establecer soluciones.

Palacio de la Xunta Xeneral, 27 de mayu de 2020. Nuria Rodríguez López.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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2.21 PREGUNTAS CON RESPUESTA ESCRITA

2.21.05 RESPUESTAS

Respuesta de la Consejera de Presidencia a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida don Ovidio Zapico González al Consejo de Gobierno sobre si está reconociendo el complemento específico establecido en el artículo 66 del convenio colectivo de reforma juvenil y protección de menores para las personas empleadas públicas que trabajan en centros de menores y, si no fuera así, cuándo tiene previsto empezar a abonar dicho complemento (11/0189/0229/04809)

(Admitida a trámite por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020. La pregunta fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie B, número 258, de 10 de marzo de 2020.)

El convenio colectivo de reforma juvenil y protección de menores es de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que prestan sus servicios en el sector privado, por lo que no es de aplicación al personal laboral al servicio del Gobierno del Principado de Asturias. Se antoja obvio que se trata de personal de distinta configuración jurídica, marcada desde el inicio del vínculo laboral con su empleador/a por los respectivos requisitos legales de acceso a su puesto de trabajo.

No obstante, cuando desde la Administración se licita la prestación de algún servicio en virtud de un contrato administrativo conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, se tiene en cuenta ese complemento.

El personal propio de nuestra Administración tiene reguladas sus percepciones retributivas en el V Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, por lo que no cabe mezclar los distintos convenios públicos y privados que operan, cada uno de ellos, en su ámbito de influencia.

En el ámbito de la Consejería de Presidencia, existe un único contrato en cuyo marco se aplica el convenio de reforma juvenil y protección de menores: es el suscrito con la Asociación Centro Trama para la ejecución de determinadas medidas judiciales, mediaciones extrajudiciales y actuaciones de seguimiento, orientación y apoyo relativas a menores/jóvenes en conflicto con la ley.

El PCAP por el que se rige este contrato establece expresamente lo siguiente en su cláusula 16.7: “El personal contratado por la entidad adjudicataria para la realización de los trabajos objeto del presente contrato no tendrá ninguna vinculación laboral ni contractual con esta consejería, siendo responsabilidad única de la empresa adjudicataria todas las obligaciones de origen laboral o de seguridad social contraídas con dicho personal”.

Por tanto, esto reafirma el hecho de que el convenio por el que se rige dicho personal y las condiciones retributivas del mismo son estrictamente aplicables en el ámbito privado, en el marco de las relaciones constituidas entre las empresas o entidades que operan en ese ámbito y los y las trabajadoras adscritas a las mismas.

En el caso del personal laboral adscrito al Principado de Asturias, rige el V Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, donde se establecen los derechos, incluidos los retributivos, y obligaciones de dicho personal. En el ámbito del personal laboral al servicio del Principado de Asturias, rigen una legislación y unos procedimientos de representación de los trabajadores y negociación colectiva específicos, sobre la base de los cuales se alcanzan acuerdos vinculantes para ambas partes.

La jurisprudencia es clara al respecto: la reciente Sentencia del Aalto Tribunal STS 1953/2019, de 6 de mayo de 2019, es clara al respecto: “(…) Por todas SSTS de 17 de junio de 2011, Rcud. 2855/2010; de 21 de abril de 2015, Rec. 91/2014 y de 19 de mayo de 2015, Rcud. 385/2014). En esta última sentencia dijimos: “Aunque está claro que la regulación convencional mejora y mucho─ las prescripciones estatutarias, de todas formas no cabe olvidar, como regla general y sin perjuicio de excepcionales irrupciones en el ámbito sectorial por parte de empresas en principio ajenas a él, que el convenio colectivo no puede contener cláusulas obligacionales que afecten a quienes no son parte en la negociación, ni en su contenido normativo cabe establecer condiciones de trabajo que hubieran de asumir empresas que no estuvieran incluidas en su ámbito de aplicación. Así se infiere del art. 82.3 ET, al disponer que los convenios colectivos regulados por su Título III obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación, en el que sólo pueden estar comprendidos quienes, formal o institucionalmente, estuvieron representados por las partes intervinientes en la negociación del convenio (…)”.

Sobre la base de lo expuesto, y tal y como indica la dilatada jurisprudencia del Tribunal Supremo, no tendría cabida en el ámbito del Principado de Asturias lo establecido en convenios colectivos negociados en ámbitos sectoriales y subjetivos ajenos (y por ajenos cabe entender fuera de su ámbito de actuación) al mismo.

Oviedo, 25 de mayo de 2020. La Consejera de Presidencia.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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Respuesta del Consejero de Infraestructuras, Medio Ambiente y Cambio Climático a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Podemos Asturies don Daniel Marí Ripa al Consejo de Gobierno sobre qué medidas va a tomar para garantizar la adecuación de la carretera AS-36 (11/0189/0250/05313)

(Admitida a trámite por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020. La pregunta fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie B, número 275, de 5 de mayo de 2020.)

La carretera AS-36, Luarca-Villayón, pertenece a la red local de primer orden del Principado de Asturias. Tiene una longitud total de 36,7 km. Discurre por los concejos de Valdés y Villayón.

Esta carretera es una de las principales infraestructuras para la comunicación de diversas poblaciones de los concejos referidos.

Debido a que la intensidad del tráfico que circula por la vía es baja dentro del contexto de la red de carreteras del Principado de Asturias y a que su capacidad es suficiente, el nivel de servicio de la vía es bueno.

A tenor de los estudios en materia de seguridad vial realizados por esta Dirección General a lo largo de los últimos ejercicios, el nivel de seguridad viaria de esta carretera es adecuado.

En lo que respecta al estado actual de los elementos de la vía, su pavimento presenta una serie de deterioros puntuales subsanados por las brigadas de conservación de modo que en el momento actual no presenta baches.

Por otra parte, de acuerdo con los estudios de seguridad citados y con las inspecciones llevadas a cabo por el personal del Servicio de Conservación y Explotación de Carreteras, el estado de la carretera y sus elementos, incluidos la señalización y el balizamiento, son acordes con las características de la infraestructura.

Dos actuaciones en esta carretera están recogidas en el Plan de Carreteras 2015-2030. Como actuación singular, dentro del periodo 2021-2025, se contempla el inicio de la construcción de la variante de Paladeperre. Por otra parte, se prevé la mejora de plataforma del tramo Belén-Villayón, con inicio programado para el periodo 2021-2025.

Hasta que se inicien las actuaciones anteriores, el Servicio de Conservación y Explotación de Carreteras seguirá realizando la inspección y mantenimiento de la vía con las brigadas de conservación del área. Por su parte, el Servicio de Estudios y Seguridad Vial continuará efectuando los estudios en la materia de seguridad vial requeridos para garantizar la seguridad viaria.

Como resumen, cabe decir que la Consejería de Infraestructuras tiene en estos momentos en proceso de licitación la elaboración del diagnóstico de la red y propuesta de actuaciones en la red de carreteras del Principado de Asturias, documento en el que se planificarán y acometerán las obras necesarias de toda la red.

Oviedo, 22 de mayo de 2020. El Consejero de Infraestructuras, Medio Ambiente y Cambio Climático.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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Respuesta de la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Popular don Pablo González Menéndez al Consejo de Gobierno sobre a cuántos familiares de los residentes en la Residencia Mixta del ERA de Gijón, y a raíz del decreto del estado de alarma, se les ofreció o informó expresamente de la posibilidad de llevar a sus familiares para sus casas (11/0189/0278/05434)

(Admitida a trámite por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020. La pregunta fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie B, número 275, de 5 de mayo de 2020.)

La sistemática de todos los centros del ERA desde el inicio de la pandemia, con la necesidad de limitar y evitar después, la entrada de visitas a los centros, motivó las llamadas a las familias por parte de profesionales en cada centro. Fue a través de esas llamadas, hechas de manera proactiva o recepcionadas en el centro, donde se posibilitó a las familias la opción de acoger en este periodo a su familiar en el domicilio. Por supuesto, y por respeto a la autonomía y a la capacidad de decisión de una buena parte de los residentes, se les hizo partícipes a ellos de esa opción.

Oviedo, 22 de mayo de 2020. La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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Respuesta de la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Popular don Pablo González Menéndez al Consejo de Gobierno sobre a cuántos fallecidos de la Residencia Mixta del ERA de Gijón se les realizaron pruebas del coronavirus, antes o después del fallecimiento (11/0189/0279/05435)

(Admitida a trámite por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020. La pregunta fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie B, número 275, de 5 de mayo de 2020.)

A fecha 22 de mayo el total de personas fallecidas a las que se les realizaron pruebas del coronavirus en la Residencia Mixta del ERA asciende a 17.

Oviedo, 22 de mayo de 2020. La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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Respuesta de la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Popular don Pablo González Menéndez al Consejo de Gobierno sobre cuántas pruebas de detección del coronavirus se han realizado desde el 1 de marzo, y en qué días, en la Residencia Mixta del ERA de Gijón (11/0189/0280/05436)

(Admitida a trámite por Resolución de la Presidencia de 28 de mayo de 2020. La pregunta fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie B, número 275, de 5 de mayo de 2020.)

Los datos a 22 de mayo son los siguientes:

  Total de pruebas: 338.

  Días: 17, 20, 21, 23, 24, 25, 30 y 31 de marzo; 1, 2, 4, 9, 16, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de abril; 4, 6, 7, 12, 14, 15 y 19 de mayo de 2020.

Oviedo, 22 de mayo de 2020. La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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4. OTRAS INFORMACIONES

4.04 ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

Sesión del Pleno número 17, de 4 de junio de 2020 (11/0032/0018/06296)

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 76.1 del Reglamento de la Junta General, ha sido convocada sesión del Pleno a celebrar el jueves 4 de junio de 2020, a partir de las 9:30 horas, con el siguiente orden del día:

1.  Moción del Grupo Parlamentario Podemos Asturies subsiguiente a la interpelación urgente de su Diputada doña Lorena Gil Álvarez al Consejo de Gobierno en materia de industria y, más en concreto, sobre sectores estratégicos.

2.  Proposición no de ley del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida sobre una distribución justa del fondo estatal no reembolsable de dieciséis mil millones de euros previsto para hacer frente a los gastos extraordinarios y a la pérdida de ingresos que está ocasionando la pandemia de COVID-19.

3.  Preguntas al Presidente.

4. Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Vox sobre turismo y hostelería libres de COVID-19.

5.  Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Foro Asturias sobre elaboración de un protocolo general para el uso de las playas durante el verano de 2020.

6.  Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular sobre adopción de medidas para consolidar y ofrecer nuevas herramientas competitivas al sector del comercio de proximidad.

7.  Interpelación del Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos don Luis Armando Fernández Bartolomé a la Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo sobre política en materia de turismo y, más en concreto, sobre la elaboración de un plan de turismo específico para los Picos de Europa y los concejos de su entorno.

Palacio de la Junta General, 28 de mayo de 2020. El Presidente de la Cámara, Marcelino Marcos Líndez.

Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor.

 

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